Cláusula 57
¿Qué apoyo económico obtengo como personal administrativo asociado en la cláusula 57 del Contrato Colectivo de Trabajo?
El Colegio entregará anualmente a la Asociación la cantidad de $310,000.00 distribuidos mensualmente para la adquisición de prótesis, lentes, aparatos ortopédicos, dentales o auditivos, para el personal administrativo asociado, conyugue e hijos.
¿Qué debo hacer para obtener este beneficio?
Entregar expediente el cuál se integrará de la siguiente manera:
- Formato Justificación de Gastos “Cláusula 57”
- Factura pegada en el formato de Justificación de Gastos “Cláusula 57”. Se factura con los datos fiscales del CECyTEM. Da clic para ver el RFC
- Prescripción médica del ISSEMYM..
- En caso de que el beneficio sea para cónyuge deberá anexar copia del acta de matrimonio.
- En caso de que el beneficio sea para hijos deberá anexar copia del acta de nacimiento del hijo o hija.
- Copia del Recibo de pago de nómina
3. La entrega del expediente como fecha límite será el último día hábil de cada mes al que se haya registrado, no se recibirán facturas de un mes a otro.
4. El Reembolso de los expedientes se realizará los primeros tres días hábiles de cada mes vencido a la entrega de los mismos, no omito mencionar que el monto máximo de reembolso es de $1,400.00 (mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), si es menor el total de su factura solo se reembolsa la cantidad asentada.
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Formato de Justificación de Gastos